Energía Fotovoltaica Marco Legal Marco legal autoconsumo para instalaciones domésticas – RD 244/2019 Con la aprobación del RD 244/2019, por fin quedan fijadas las condiciones técnicas, administrativas y económicas de las diferentes modalidades de autoconsumo. Si bien hay múltiples posibilidades distintas de instalación, este documento se centra en las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico de hasta 15 kWp con inyección de excedentes a red y compensación económica de los mismos. Directrices generales • La potencia pico de la instalación viene marcada por el inversor fotovoltaico, y puede ser mayor a la potencia contratada. • Se eliminan los cargos de respaldo a la red o “Impuesto al Sol”. • Se simplifica la tramitación administrativa para la obtención de permisos y legalización de instalaciones de autoconsumo. • Se implanta un mecanismo de compensación mensual de excedentes de energía horarios para instalaciones menores de 100 kWp. En ningún caso el valor de los excedentes podrá superar el del consumo, por lo que como máximo los excedentes sirven para reducir el término de energía eléctrica consumida a 0 €, pero nunca para generar ingresos económicos al autoconsumidor. • Se regula el autoconsumo colectivo, con un solo productor pero varios consumidores asociados. Directrices específicas para instalaciones individuales de hasta 15 kWp en BT con inyección de excedentes a red y compensación económica • Todas las instalaciones de generación de hasta 15 kWp pueden ser tanto en monofásico como en trifásico. • No es necesario instalar un contador adicional de generación. Con el contador de consumo digital bidireccional es suficiente. • La valorización de los excedentes horarios inyectados a red depende del tipo de contrato de suministro: A Suministro en mercado regulado • El consumidor se acoge a la Tarifa PrecioC (Precio Voluntario Pequeño Consumidor) en la Comercializadora de Referencia de su ubicación. Para ello, debe tener una potencia contratada de menos de 10 kW (Tarifa 2.0). • El valor de la energía excedentaria inyectada a red es el valor del mercado diario e intradiario, excluyendo los demás peajes. B Suministro en mercado libre • El consumidor se acoge a la tarifa que él escoja dentro de las múltiples Comercializadoras de libre mercado, siendo la comercializadora la que fija los precios tanto de importación de energía como de valorización de los excedentes. 250 Febrero 2024 • Los precios del Catálogo-Tarifa no incluyen el I.V.A. • El presente Catálogo-Tarifa anula los anteriores • Medidas en mm