Tramitación de la instalación 1 Diseño de la instalación. (Ver ITC-BT-04)P ≤10 kWp: Instalador autorizado rellena Memoria Técnica según REBT.10 kWp < P ≤ 15 kWp: Ingeniero proyectista elabora Proyecto Técnico según REBT. 2 Tramitar licencia de obras según normativa del Ayuntamiento Local. 3 Ejecución de la instalación según el REBT y el RD 244/2019. 4 P ≤10 kWp: Presentar a la CC.AA. el Certificado Instalación realizado por el instalador autorizado.10 kWp < P ≤ 15 kWp: Presentar a la CC.AA. el Certificado Instalación + Certificado Fin de Obra.Enviar a la Distribuidora la Autorización de los propietarios de los inmuebles (Ley 49/1960).Con eso ya se puede poner en funcionamiento la instalación. 5 La CC.AA. comunica a la empresa distribuidora los cambios de contrato.La distribuidora informa a la comercializadora y a los consumidores en máximo 15 días.Todos los consumidores deben tener el mismo tipo de contrato de autoconsumo. 6 Solicitar y firmar el contrato de compensación de excedentes con la Distribuidora, directamenteo a través de la Comercializadora.Se debe adjuntar firmado el Acuerdo entre consumidores y reparto de energía. 7 La CC.AA. inscribe la instalación en su Registro Autonómico de Autoconsumo einforma telemáticamente al Registro Estatal de Autoconsumo. Tarea realizada por: Instalador / Proyectista Administración Pública Usuario 251 AÍGRENEACIATLOVOTOF